Entorno Umbrella

a vueltas con la segunda oportunidad

Por 2 septiembre, 2015 febrero 14th, 2019 No Comments
Vengo leyendo en estos días que para abril de este año el Consejo de Ministros quiere tener preparada una Ley de Segunda Oportunidad para los Autónomos, esto es “un plan de choque para que los pequeños empresarios que fracasen en su primer negocio puedan impulsar otro proyecto sin sufrir la asfixia de la deuda con Hacienda, con la Seguridad Social o con los bancos”.

No dejo de sorprenderme una vez más cuando volvemos a utilizar el término “segunda oportunidad” y más cuando ya tenemos este circulando por nuestro marco legislativo, concretamente se le dio bombo y platillo cuando se publico la Ley 14/2013 de 27 de septiembre de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, contempla una reforma dirigida a poner en marcha medidas para la recuperación de la grave crisis en la cual se encuentra inmersa la economía española, que se centra en el tejido empresarial, potenciando en todos los ámbitos la figura del emprendedor.


Así, para el supuesto de que ese emprendedor no tenga éxito y acabe en la situación de insolvencia, se diseña un nuevo instituto preconcursal, consistente en un acuerdo extrajudicial de pagos entre deudor y acreedores, dirigida por un mediador.

Y además, trata de introducir la posibilidad de la segunda oportunidad, en la nueva redacción que se hace del art. 178.2 LC.

A estos efectos, se prevé la cancelación de todas las deudas pendientes, bajo la consideración del deudor de buena fe, y previa verificación de un sacrificio patrimonial, que se concreta en la exigencia de unos mínimos en el pago a los acreedores, que varían según se haya intentado previamente o no el acuerdo extrajudicial de pagos.

Ahora se le quiere dar una vuelta más de tuerca y se prepara una Ley solo para la “Segunda Oportunidad”. La verdad no se si traerá más claridad o será nuevamente una materia oscura a nuestro ya ennegrecido panorama legislativo a la hora de la cancelación de las deudas, concursos, refinanciaciones.

El panorama no deja de complicarse porque si en la actualidad la tan retocada Ley Concursal sólo es un mar de dudas interpretativas, ahora la aplicación de un término como “segunda oportunidad” a los empresarios individuales, autónomos, complica aun más todas las situaciones. Ya hemos comentado que existe una segunda oportunidad vigente en nuestro texto normativo, con la nueva Ley prevista para abril habrá que tomar este concepto en más casos.

Se prevé que la nueva Segunda Oportunidad afecte a cinco normas, Ley hipotecaria, Ley de enjuiciamiento civil, Ley de regulación del mercado hipotecario, Ley de disciplina e intervención de las entidades de crédito y a la ley de subrogación y modificación de prestamos hipotecarios.

La idea es “quien asume una obligación ha de cumplirla, pero no a cualquier precio” , esto siendo muy digno de proteger en la práctica solo queda en eso, un mero deseo, porque a día de hoy y con una Segunda Oportunidad en vigor ni el 1% de los Empresarios Individuales conoce esta medida y menos se ha acogido a ella por muy mala que sea su situación. Así mismo la tramitación de expedientes de refinanciación extrajudiciales no sale adelante y las mediaciones preconcursales son meramente nominales.

A la espera del verdadero texto legal de la futura Ley de Segunda Oportunidad se habla que en ella se incluirá un apartado relacionado con la tasación de viviendas, con la obligación del código de buenas prácticas y la reestructuración de la deuda, la dación en pago y un procedimiento extrajudicial previo al concursal para la situación de sobreendeudamiento sobrevenido no doloso con la imposibilidad de iniciar la ejecución hipotecaria sobre la vivienda del deudor, siendo este empresario individual.

 Juan Jose Villena Gomez

 

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Entorno-U

Nacido en Madrid, España, abogado de profesión, profesor universitario, especialista en estrategias jurídicas de viabilidad empresarial tanto para pequeños como medianos sistemas societarios.